Primeros pasos de la Certificación SAE. Exportación a terceros países

  • Autor de la entrada:
  • Categoría de la entrada:blog

 

Desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se ha publicado recientemente la transición que deben realizar las empresas para la exportación de alimentos que son o contienen productos de origen animal a aquellos países que  incluyan en sus certificados requisitos no equivalentes a los de la Unión Europea, en cuanto a la certificación de su SAE.

Como podéis comprobar en el enlace adjunto se han establecido tres  periodos clave:

 

Hasta 15 Marzo de 2016 – Fecha límite de comunicación de la fecha programada para la auditoría inicial en SAE, podrán exportar  pues  hasta el 1 de julio aquellas empresas que tengan un SAE certificado, aquellas que dispongan de auditoría inicial programada (aunque esta se realice más allá del 1 de Marzo), empresas que se encuentren en Lista Marco.

 

Desde 01 de Julio de 2016 – Sólo podrán exportar aquellas empresas que cuenten con SAE certificado para aquellos países a los que quieran exportar.

 

Otro asunto a destacar en esta transición es qué problemas están encontrándose aquellas empresas que se están certificando y qué soluciones se están aplicando o se pueden aplicar. Especialmente destacamos:

 

  • La ausencia de un modelo de DVR (pendiente de publicar por parte de MAGRAMA) está provocando un auténtico revuelo. Muchas empresas han optado por crear su propio modelo, que están remitiendo a las Oficinas Comarcales Agrarias (OCAs) para que los servicios veterinarios oficiales realicen las atestaciones necesarias para poder destinar dicha materia prima a exportación.
  • Hay también empresas que están recibiendo incumplimientos por no incluir en sus Fichas de Especificaciones los requisitos sanitarios incluidos en los ASES de nivel 1. Aunque no sean certificables, deben de incluirse en la Ficha de Especificaciones, al igual que los requisitos de Salud Pública.
  • ¿Qué sucede cuando nuestros ASES han sido modificados recientemente? Pues que es probable que recibamos un incumplimiento si no hemos consultado justo antes de la auditoría qué nos aplica y hayamos actualizado nuestra Ficha de Especificaciones. Este asunto es bastante problemático ya que en principio el Protocolo establece que son las empresas las que deben de informarse en todo momento de los requisitos que les aplican, y no se establece ningún mecanismo que facilite la actualización de dicha información. Sería interesante que se habilitase alguna herramienta para facilitar a las empresas dicha información.

 

Por último señalar que como habéis podido comprobar en este post este camino acaba de empezar, por tanto, es seguro que al menos en lo que referente al proceso de certificación es probable que surjan nuevos problemas y soluciones que será necesario abordar.

 

PLAZOS_MAGRAMA_SAE